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Cómo es el plan especial de pago de la AFIP para pymes

La Resolución General AFIP 5361, publicada a mediados de mayo en el Boletín Oficial, se crea el Régimen de facilidades de pago «especial 2023», donde las pymes tendrán un alivio fiscal, aunque también suma restricciones.

 

Esta medida mantiene que los pequeños contribuyentes (pymes de tramos 1, 2 y 3), y las entidades sin fines de lucro puedan adherirse al nuevo plan de hasta 84 cuotas, pero suma un inciso por el cual se puede adherir todos los contribuyentes.

 

De esta manera, se podrán regularizar deudas impositivas, previsionales, multas, cargos aduaneros y planes caducos. También deudas por retenciones y percepciones impositivas.

 

Las deudas que podrán incluirse en el plan de regularización son las incurridas hasta el 17 de mayo, y no hasta el 30 de abril pasado, como se había anunciado previamente.

 

El plazo de adhesión al Plan «especial 2023» se podrá cumplir hasta el próximo 30 de septiembre.

 

A su vez, la AFIP exigirá el Certificado Pyme vigente para poder acceder a los beneficios para pequeñas y medianas empresas.

 

«Este plan de facilidades de pago tiene por finalidad permitir que los contribuyentes morosos hasta la fecha mencionada regularicen su situación de una manera más holgada, con mayor cantidad de cuotas para el pago, lo cual no es gratis», dice Javier Fuentes, gerente de TAX de PGK Consultores.

 

Y agrega: «Pero tiene el inconveniente que la regularización es del total de la deuda, es decir, no solo se regulariza el capital sino que también debe incluirse los intereses resarcitorios e inclusive los punitorios si fuera del caso. Lo cual incrementa el peso financiero de las deudas tributarias, las que justamente no pudieron ser canceladas a su vencimiento original debido a problemas de financiación, sobre todo para las micro y pequeñas empresas».

 

Otro inconveniente que presenta este plan de facilidades de pago es que restringe la posibilidad de adquirir títulos valores en pesos para su posterior venta en moneda extranjera mediante transferencia en custodia al exterior (CCL), mientras el plan se encuentre vigente, y teniendo restringido el acceso al MULC para efectuar pagos al exterior, «la situación para estas empresas será más delicada», enfatiza Fuentes.-

 

 

 

 

 

 

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